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Hadiz auténtico (sahih)Actualizado el 26 octubre 2026 a las 23h26
📖 1 min de lecturaعن جابر بن عبد الله رضي الله عنهما مرفوعاً: نهى النبي صلى الله عليه وسلم عن المُخَابَرَةِ والمُحَاقَلَةِ، وعن المُزَابنة، وعن بيع الثَّمَرَة حتى يَبدُو صَلاحُها، وأن لا تبُاع إلا بالدينار والدرهم، إلا العَرَايَا.
El Mensajero -la paz y las bendiciones de Al-lah sean con él- prohibió algunos tipos de venta de frutos, por cuanto encierra de perjuicios para el vendedor o el comprador o para ambos. Entre estos tipos se encuentra la “mujabara”, que consiste arrendar las tierras de cultivo a cambio de una parte injusta de su producción. También la “muhaqala”, que consiste en la venta de la espiga sin desgranar por granos de trigo ya desgranados y limpios de paja. La muzabana, por su parte, es que se vendan los dátiles que aún están en la palmera sin cosechar por otros ya cosechados, al igual que prohibió la venta del fruto hasta que sea comestible, pero ha autorizado que se paste en las tierras después de determinar su valor equivalente en frutos de la cosecha siempre y cuando la producción es menos que cinco Ausuq debido a su mención en otros relatos.
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